SOLUCIONES INFORMÁTICAS PARA EMPRESAS Y SECTOR MÉDICO

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CONTROL DE PRESENCIA EN EMPRESAS

SOLUCIÓN DE GESTIÓN DE HORARIOS Y PRESENCIA

  EQUIPAMIENTO, DISPOSITIVOS Y PROGRAMAS
No cabe duda de que el recurso más importante para una empresa son sus empleados, de estos dependerá la competitividad de la empresa y la calidad de los servicios que ofrece o los productos que fabrica. No en vano, una de las partidas presupuestarias más importante en las empresas es la dedicada a los recursos humanos, y por tanto debería ser una prioridad disponer de la información necesaria para saber el rendimiento de esta inversión, para ello, el primer paso es disponer de las herramientas adecuadas.

Nuestra empresa le ofrece la mejor herramienta para el control de presencia de empleados, la calidad de nuestro producto radica en un potente software que le permitirá gestionar de un modo intuitivo y ágil las horas de entrada y salida de los trabajadores, las horas extras, horas ausentes, vacaciones, visitas médicas, y un largo etc… Este software de control de presencia agiliza enormemente la tarea del control de presencia de empleados, dándonos un detallado resumen de los tiempos trabajados y evitando la ardua y poco efectiva tarea de sumas de tiempos manualmente o mediante hojas de cálculo.

Equipamiento, Dispositivos y Programas

Soluciones Personalizables que se Adaptan a sus Necesidades.

P
otencia, escalabilidad y flexibilidad le convierten en la solución definitiva para todas las empresas.

Solución de Gestión de Horarios y Presencia


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¿Qué establece el nuevo artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores?
La realización de un tiempo de trabajo superior a la jornada establecida, las horas extras no remuneradas y los excesos de jornada, son prácticas que afectan a la vida personal de los trabajadores. Para luchar contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo el Gobierno ha aprobado la reforma del artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores añadiendo un nuevo apartado 9 que obliga a las empresas a garantizar el registro diario de jornada, incluyendo el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora.


¿Cuál es la obligación para las empresas?
El Consejo de Ministros del 8 de marzo de 2019 aprobó la modificación del Estatuto de los Trabajadores para establecer la obligatoriedad de registrar el inicio y la finalización de la jornada laboral.

• La nueva ley será de aplicación el 12 de mayo de 2019.

• Las empresas deben garantizar el registro diario de las jornadas de sus empleados mediante un sistema acordado por la empresa y los representantes de los trabajadores.

• Las empresas deben conservar el registro durante 4 años y debe permanecer a disposición de los trabajadores, sus representantes legales y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

• No cumplir con esta obligación de registrar la jornada es una infracción grave que puede conllevar sanciones desde 626 hasta 6.250 €uros.


Cumplir la ley y ahorrar tiempo de gestión en cuestión de horas
La solución de control de presencia le permitirá ahorrar tiempo de gestión y le facilitará el cumplimiento de la ley. Sus empleados pueden registrar sus entradas y salidas en los terminales. Con las distintas opciones de software, incluyendo la posibilidad de fichar en movilidad con una app, podrá ver los informes de presencia, crear horarios de trabajo y enviar los datos a su programa de nóminas.